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Real Decreto 931/2017: Guía Completa de la Memoria del Análisis de Impacto Regulatorio

El Real Decreto 931/2017 establece el procedimiento obligatorio para la elaboración de la Memoria del Análisis de Impacto Regulatorio en la normativa española. Este documento técnico es clave para garantizar la calidad legislativa, la reducción de cargas burocráticas y la transparencia en la creación de normas. Prepárate con material especializado y tests de práctica para tus oposiciones.

¿Qué es 9312017?

La Memoria del Análisis de Impacto Regulatorio constituye un instrumento de evaluación ex ante que se incorpora de forma obligatoria a los anteproyectos de ley y decretos-leyes. Su regulación específica se detalla en el Real Decreto 931/2017, de 27 de octubre, que complementa la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público. Desde su implementación, ha sido fundamental para modernizar la técnica legislativa en España, alineando el marco normativo con los estándares de la Comisión Europea. Este análisis permite cuantificar y cualificar los efectos económicos, sociales, medioambientales y de igualdad de género de las propuestas normativas. Además, fomenta la participación de los agentes afectados y la consulta pública previa a la aprobación definitiva. Sin este documento, los proyectos normativos carecen de validez en el procedimiento parlamentario.

Temario disponible: bloques y temas

Nuestros cuestionarios cubren los principales títulos y artículos de 9312017.

Ámbito de Aplicación y Finalidad Normativa

  • • El Real Decreto 931/2017 se aplica a todos los anteproyectos de ley y decretos-leyes que tengan rango de ley, excluyendo aquellos que regulen materias tributarias, presupuestos estatales o seguridad social por su naturaleza específica.
  • • La finalidad principal es garantizar que las nuevas normas cumplan con criterios de calidad legislativa, evitando la proliferación de regulación innecesaria y reduciendo las cargas administrativas para ciudadanos y empresas.
  • • Este instrumento obliga a los departamentos ministeriales a justificar previamente la necesidad de la intervención estatal, demostrando que los beneficios sociales y económicos superan los costes asociados a la nueva regulación.
  • • La memoria debe elaborarse en colaboración con la Secretaría de Estado de Función Pública, que actúa como órgano de control de calidad y asesor técnico durante toda la tramitación del proyecto normativo.
  • • El análisis se extiende a efectos transversales, incluyendo explícitamente la evaluación de impacto de igualdad de género, la protección del medio ambiente y la adaptación a las políticas de la Unión Europea.
  • • Su integración en el procedimiento legislativo responde a compromisos internacionales de España en materia de mejora de la legislación y simplificación administrativa dentro del marco del Consejo de la Unión Europea.

Estructura y Contenido Obligatorio de la Memoria

  • • El documento debe iniciar con una descripción precisa del problema que se pretende resolver, detallando las causas estructurales y las deficiencias del marco jurídico vigente que motivan la nueva regulación.
  • • Es obligatorio definir los objetivos específicos y generales de la medida normativa, estableciendo indicadores claros que permitan medir posteriormente el grado de consecución de dichos fines.
  • • Se requiere un análisis exhaustivo de las alternativas de política pública evaluadas, incluyendo la opción de no actuar, para demostrar por qué la propuesta seleccionada es la más eficiente y proporcionada.
  • • La cuantificación de costes y beneficios debe desglosarse en impactos económicos directos e indirectos, cargas administrativas para particulares y entidades, y efectos distributivos sobre distintos grupos sociales.
  • • El apartado de consulta pública exige detallar a los grupos de interés afectados, los canales utilizados para recoger sus aportaciones y la forma en que dichas observaciones han sido integradas o justificadamente desestimadas.
  • • Finalmente, se debe incluir una evaluación de impacto regulatorio simplificada cuando el alcance de la norma sea limitado, aplicando criterios proporcionales al volumen de afectación y complejidad técnica del texto.

Procedimiento de Elaboración y Aprobación

  • • La elaboración de la memoria corresponde al departamento ministerial interesado, quien debe coordinar los trabajos con los servicios jurídicos, económicos y estadísticos internos durante la fase de instrucción del anteproyecto.
  • • Una vez redactado el borrador, se remite a la Secretaría de Estado de Función Pública para su revisión técnica, la cual puede solicitar ampliaciones de datos, correcciones metodológicas o ajustes en la justificación normativa.
  • • El Consejo de Estado emite un informe vinculante sobre la memoria cuando el anteproyecto haya sido sometido a su dictamen, verificando la coherencia técnica y el cumplimiento de los requisitos formales establecidos.
  • • La aprobación definitiva de la memoria corresponde al Consejo de Ministros, que la evalúa junto con el anteproyecto de ley o decreto-ley, pudiendo solicitar modificaciones antes de su elevación al Parlamento.
  • • En caso de que la memoria no reúna los requisitos mínimos de calidad o no justifique adecuadamente la necesidad de la norma, el Gobierno puede devolver el proyecto al departamento de origen para su subsanación.
  • • El procedimiento es estrictamente vinculante y su omisión o defectos sustanciales constituye un vicio de nulidad de pleno derecho que puede ser invocado en vía contencioso-administrativa o parlamentaria.

Control de Calidad, Publicación y Seguimiento

  • • La Secretaría de Estado de Función Pública mantiene un registro centralizado de todas las memorias aprobadas, facilitando la trazabilidad documental y la comparación interdepartamental de metodologías aplicadas.
  • • Todas las memorias deben publicarse en el portal oficial de transparencia y buen gobierno, garantizando el acceso público a la información sobre los costes, beneficios y alternativas evaluadas antes de la aprobación.
  • • Se establece un mecanismo de evaluación ex post que permite contrastar las previsiones realizadas en la memoria con los efectos reales de la normativa una vez entrado en vigor, mejorando así la técnica legislativa futura.
  • • El Ministerio competente publica periódicamente informes estadísticos sobre el volumen, temática y calidad de las memorias aprobadas, identificando áreas de mejora y buenas prácticas administrativas.
  • • Las entidades locales y comunidades autónomas también están sujetas a principios similares de análisis regulatorio, aunque con adaptaciones procedimentales que respetan su autonomía y competencias estatutarias.
  • • El incumplimiento de los plazos de elaboración o la falta de remisión de la memoria al órgano de control puede paralizar la tramitación parlamentaria del anteproyecto hasta su regularización formal.

Oposiciones donde se pregunta 9312017

9312017 forma parte del temario de estas oposiciones públicas.

Fuentes oficiales

Verifica esta norma en el BOE (Boletín Oficial del Estado):

Buscar "9312017" en BOE →

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Preguntas frecuentes

¿Que regula Real Decreto 931/2017?

Real Decreto 931/2017, de 27 de octubre, por el que se regula la Memoria del Análisis de Impacto es una norma que regula aspectos especificos dentro de su ambito material. Su contenido se aplica en toda Espana y, en lo que corresponda, es de estudio obligado en los temarios oficiales de oposiciones que incluyen esta materia.

¿En que oposiciones se pregunta Real Decreto 931/2017?

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¿Las preguntas del test son reales de examenes oficiales?

Si. Las preguntas que encontraras al practicar estan extraidas de examenes oficiales y temarios verificados. Cada pregunta cita el articulo o articulo concreto de la norma que regula la materia preguntada, para que puedas contrastar la respuesta con la fuente legal.

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Aviso: Este contenido es orientativo. Para preparar tu oposición consulta las fuentes oficiales del BOE. TestOposicion no es una academia oficial ni está vinculada a ningún proceso selectivo.