Orden HFP/688/2017: Todo lo que necesitas saber para aprobar
La Orden HFP/688/2017 es la normativa fundamental que regula los procedimientos de selección, formación y evaluación del personal funcionario y laboral del Estado español. Conocer sus bases comunes es esencial para superar cualquier proceso selectivo y garantizar tu éxito profesional en la administración pública.
¿Qué es HFP6882017?
La Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, constituye el marco normativo básico que establece las reglas generales aplicables a los procesos de acceso a la función pública estatal. Su objetivo principal es unificar criterios en materia de selección, formación inicial, evaluación continua y régimen de ingreso laboral, garantizando siempre los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Esta orden desarrolla y complementa lo dispuesto en el Trebep y en las leyes de función pública de las distintas comunidades autónomas, aunque su ámbito de aplicación directo se centra en las administraciones del Estado. A lo largo de sus disposiciones, se detallan las fases del procedimiento selectivo, la composición y funciones de los tribunales, los sistemas de baremación de méritos, así como los mecanismos de promoción interna y conciliación. Conocer en profundidad cada uno de sus artículos permite a los aspirantes anticipar las exigencias de las pruebas, optimizar su preparación y evitar errores frecuentes que pueden derivar en la anulación de expedientes. En TestOposicion, desglosamos su contenido con tests específicos, análisis jurisprudencial y simulacros reales para que domines esta normativa antes del examen oficial.
Temario disponible: bloques y temas
Nuestros cuestionarios cubren los principales títulos y artículos de HFP6882017.
Principios Generales y Ámbito de Aplicación
- • La orden establece que los procedimientos de selección se regirán por los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y objetividad, garantizando la transparencia en todas las fases del proceso.
- • Su ámbito de aplicación abarca tanto el ingreso en los cuerpos de funcionarios de carrera del Estado como el acceso al personal laboral de las administraciones públicas estatales.
- • Se prohíbe cualquier tipo de discriminación directa o indirecta por razón de nacimiento, origen, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
- • Los órganos competentes deben garantizar que las bases de la convocatoria se publiquen en el Boletín Oficial correspondiente, detallando las plazas, requisitos, pruebas y calendario completo.
- • La normativa permite la adaptación de los procedimientos a las necesidades específicas de cada administración, siempre que se respeten los mínimos establecidos en esta orden y la legislación básica estatal.
Fases del Procedimiento Selectivo y Baremación
- • Los procesos selectivos pueden estructurarse en una o varias fases, siendo lo habitual un sistema de concurso-oposición que combine la valoración de méritos con la superación de pruebas objetivas.
- • Las pruebas de oposición deben ser directas, precisas y adaptadas a las funciones que el aspirante deberá desempeñar, pudiendo incluir exámenes escritos, prácticos, de idiomas o físicos según el cuerpo.
- • La baremación de los méritos se realizará mediante tablas públicas que asignen valores objetivos a títulos académicos, experiencia profesional, publicaciones y formación complementaria.
- • Se establece un límite máximo de puntos para la fase de méritos, evitando que un aspirante con alta puntuación en documentación pueda superar a otro con mayor capacidad demostrada en las pruebas.
- • Los baremos deben publicarse junto a las bases de la convocatoria, garantizando que los aspirantes puedan conocer de antemano cómo se valorará su perfil y documentación aportada.
Comités de Selección y Órganos Decisores
- • La orden regula la composición de los tribunales selectivos, exigiendo que sean imparciales, colegiados y cuenten con miembros titulares y suplentes debidamente designados por la autoridad competente.
- • Se establece la obligatoriedad de que al menos un tercio de los miembros del tribunal sean personas con discapacidad o expertos en materia de igualdad y no discriminación.
- • Los tribunales deben elaborar un acta detallada de cada prueba, justificando las calificaciones otorgadas y resolviendo las incidencias que puedan surgir durante la fase de evaluación.
- • Se prohíbe la participación en los tribunales de personas que hayan mantenido relaciones laborales, familiares o de dependencia con los aspirantes, garantizando así la total independencia.
- • La evaluación de las pruebas corresponde exclusivamente al tribunal, cuyas decisiones son firmes en la vía administrativa y solo pueden ser recurridas ante la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.
Formación Inicial y Evaluación Continua
- • Una vez superados los procesos selectivos, los funcionarios nombrados deben cursar una formación inicial adaptada a las competencias propias de su cuerpo, escalafón o escala de ingreso.
- • La duración y modalidad de esta formación varía según la naturaleza de las plazas, pudiendo impartirse de forma presencial, semipresencial o a distancia con supervisión institucional.
- • La evaluación continua se realiza de forma periódica y sistemática, midiendo el desempeño profesional, la actualización de conocimientos y el cumplimiento de los objetivos asignados.
- • Los resultados de la evaluación continua pueden influir en la promoción interna, la asignación de responsabilidades y la mejora de la retribución complementaria, según la normativa vigente.
- • Se fomenta la formación en competencias digitales, atención al ciudadano, gestión de la diversidad y técnicas de resolución de conflictos, alineándose con la modernización de la administración.
Régimen de Ingreso Laboral y Promoción Interna
- • El ingreso del personal laboral se rige por las mismas bases de selección que el personal funcionario, adaptándose a las condiciones específicas de los contratos laborales públicos.
- • Se priorizan los sistemas de concurso y concurso-oposición para la provisión de puestos de trabajo, garantizando que la movilidad interna se realice con criterios objetivos y transparentes.
- • La promoción interna permite el acceso de funcionarios de carrera a puestos de mayor responsabilidad o especialización, siempre que acrediten los requisitos y superen las pruebas establecidas.
- • Se establecen medidas de conciliación de la vida familiar, laboral y personal que deben integrarse en la planificación de los procesos selectivos y de formación continua.
- • La orden contempla mecanismos de flexibilidad horaria, teletrabajo y adaptación de pruebas para personas con discapacidad o cuidadores, asegurando la igualdad real de oportunidades.
Fuentes oficiales
Verifica esta norma en el BOE (Boletín Oficial del Estado):
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Preguntas frecuentes
¿Que regula HFP6882017? ▼
Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los es una norma que regula aspectos especificos dentro de su ambito material. Su contenido se aplica en toda Espana y, en lo que corresponda, es de estudio obligado en los temarios oficiales de oposiciones que incluyen esta materia.
¿En que oposiciones se pregunta HFP6882017? ▼
Es una de las normas habituales en los temarios de oposiciones de la Administracion General del Estado.
¿Las preguntas del test son reales de examenes oficiales? ▼
Si. Las preguntas que encontraras al practicar estan extraidas de examenes oficiales y temarios verificados. Cada pregunta cita el articulo o articulo concreto de la norma que regula la materia preguntada, para que puedas contrastar la respuesta con la fuente legal.
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Crear cuenta gratisAviso: Este contenido es orientativo. Para preparar tu oposición consulta las fuentes oficiales del BOE. TestOposicion no es una academia oficial ni está vinculada a ningún proceso selectivo.